COMIENZA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA MODIFICACIÓN Nº 2 DEL PGOU DE GAIBIEL (CASTELLÓN)


El órgano ambiental autonómico ha comenzado a evaluar la Modificación nº 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Gaibiel (Castellón). Esta Modificación, redactada por AUG-ARQUITECTOS, SLP acumula una serie de objetivos que afectan a la ordenación estructural del plan. Esto obedece a que, aunque con las modificaciones introducidas en el TRLOTUP en los últimos años, la evaluación ambiental y la aprobación definitiva de las modificaciones de planeamiento se han simplificado algo, cualquier tramitación urbanística no deja de ser un proceso complejo para un ayuntamiento pequeño y con escasos recursos económicos y humanos. Esta complejidad, que entraña tensiones y una carga de trabajo añadida para los responsables del ayuntamiento, aconseja aprovechar una misma tramitación urbanística para abordar distintos temas, siempre que el alcance de las modificaciones se mantenga en un mismo ámbito de ordenación;  en este caso, la ordenación estructural. Es decir, por una cuestión de economía de medios y mientras no exista una justificación concreta que pueda obligar a tramitar una Modificación del planeamiento general con un único objetivo, es preferible esperar lo necesario y acumular un conjunto de pequeñas correcciones, para tramitarlas simultáneamente. Este ha sido el propósito con el que se ha abordado, en el 2025, esta segunda Modificación del PGOU de Gaibiel y estas son las razones que explican la agrupación de varios objetivos en un mismo instrumento.

La acumulación de objetivos responde a una estrategia de optimización de los recursos públicos, tiene un perfecto encaje legal y exige, eso sí, una presentación ordenada de los objetivos de la Modificación. Esto es lo que nos proponemos hacer a continuación y, para ello, se ha considerado que lo más transparente es presentar el conjunto de cambios, agrupados en función del fin que persiguen. De este modo, se han ordenado los objetivos de esta modificación en los siguientes grupos:

  1. TRASLADO DE LA PLANIMETRÍA A UNA NUEVA BASE CARTOGRÁFICA, DE MAYOR PRECISIÓN Y DETALLE.
  2. CAMBIOS EN LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO URBANO Y URBANIZABLE
  3. ATRIBUCIÓN DE UN USO DOTACIONAL PÚBLICO A UNA ZONA CONTIGUA AL SUELO URBANO
  4. INCORPORACIÓN DE LA REGULACIÓN USOS COMPATIBLES EN LA FAJA DE PROTECCIÓN (O ZONA DE ACTUACIÓN) SIN ALTERAR SU ZONIFICACIÓN ESTRUCTURAL
  5. INCORPORACIÓN DE LA REGULACIÓN DE LOS USOS COMPATIBLES EN LA FAJA DE PROTECCIÓN (O ZONA DE ACTUACIÓN) SIN ALTERAR SU ZONIFICACIÓN ESTRUCTURAL E INCORPORACIÓN DE UN PLANO NUEVO DE DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE INTERFAZ URBANO-FORESTAL, CON CARÁCTER NORMATIVO.

De forma colateral y de acuerdo con los estándares de calidad que la empresa AUG-ARQUITECTOS, SLP imprime a sus trabajos en urbanismo, se ha aprovechado esta Modificación del planeamiento para trasladar su contenido gráfico a un nuevo soporte digital georreferenciado, en formato shp, con el fin de estandarizar las determinaciones urbanísticas y facilitar al órgano ambiental y al órgano sustantivo, ambos autonómicos, la revisión del expediente. Además de favorecer una más ágil tramitación, la nueva expresión gráfica del plan se ha elaborado sobre una cartografía actualizada y de mayor calidad, ya que la base cartográfica anterior tenía quince años y algunos errores técnicos. Todo esto supone un valor añadido para el ayuntamiento de Gaibiel, que dispondrá de un instrumento mejor adaptado a la realidad y a sus necesidades actuales y futuras.